viernes, 15 de octubre de 2010

PERSPECTIVAS EPISTEMOLOGICAS TRADICIONALES DEL DERECHO


Durante las clases hemos estudiado diversas perspectivas epistemológicas del Derecho, algunas de ellas que podriamos llamar "tradicionales" son:

En primer lugar el Iusnaturalismo que explica al derecho no como una construcción de la actividad humana, sino como algo natural, es decir, el hombre no construye el derecho solo lo reconoce porque es preexistente al mismo ser humano. A esto podemos decir que los que apoyan esta teoría consideran que el derecho es innato al hombre ya sea por que proviene de un ser superior (corriente teológica) o por  que se debe a un orden racional de las cosas (corriente racional).

En segundo lugar tenemos el Ius positivismo, esta teoría al contrario que la anterior, considera al derecho, como consecuencia de la actividad del hombre y solo aquel derecho que tiene vigencia en un espacio y tiempo determinado es el que existe, se aleja de cuestiones teológicas o cualquier otra que no tenga  como origen la actividad del ser humano.

Proseguimos con el realismo sociológico, esta perspectiva, esta relacionado con el Ius positivismo, presenta dos corrientes, la Norteamericana y la Inglesa, básicamente consiste en la aplicabilidad del derecho en relación a los hechos que se presentan, es decir que debe de aplicarse realmente la norma de derecho para existir, por ello referimos esta relacionada con el Ius Positivismo.

Por lo que hace a la perspectiva del derecho que maneja la corriente Tridimensional, está indica que el derecho parte de un hecho específico que contiene determinado valor que para la sociedad es importante proteger y de ahí surge la necesidad de crear la norma que la tutele, implica todo un proceso de creación del derecho en el que es fundamental que la sociedad atribuya un valor a algo para poderlo tutelar mediante el derecho.

Otra corriente o perspectiva que hemos analizado es la del Marxismo, en esta se da un valor de cambio, claro esta de tipo económico al origen del Derecho. Marx considera el Estado y al propio derecho como una herramienta de las clases dominantes, dueños de los medios de producción,  para controlar a las clases más débiles que al no tener más posesión que sus habilidades físicas, se ven en la necesidad de vender su fuerza de trabajo. El derecho solo es un instrumento de poder de los grupos económicamente fuertes.

Por último y para tocar el punto de del Derecho visto desde la perspectiva del análisis cultural, está teoría es manejada por Paul Kahn, que parte de la idea de que todo lo que hace el ser humano es cultura, por lo tanto el derecho no es más que otra expresión cultural del hombre.

Sin lugar a dudas las anteriores perspectivas, nos dan una clara idea de lo complicado que es llegar a un acuerdo sobre la verdadera esencia del derecho, podríamos afirmar que es imposible encontrar un teoría que deje satisfechos a todos los estudiosos y no estudiosos del derecho, dicha búsqueda parece ser la piedra filosofal de la epistemología jurídica. Saludos a todos.

martes, 12 de octubre de 2010

EL DERECHO, EL ARTE Y LA ESTETICA



Realmente para mi fue sorprendente conocer como la Estética, podía analizar el derecho, si partimos del concepto de que la Estética aborda el tema de la belleza y de su relación con temas artísticos y de estos con la naturaleza del hombre, podemos darnos cuenta de lo complejo que resulta esta perspectiva epistemológica.


Para comenzar a problematizar el tema, yo preguntaría ¿que es belleza?, algunos tal vez podrían decir que la belleza es la percepción sensorial de algo, que produce placer al que lo percibe, pero realmente considero que dicho concepto por ser abstracto es difícil de definir. Es tan simple como decir que el gusto se rompe en géneros,  ya que cada quién apreciara como bello cosas distintas.


Por ejemplo los estereotipos de un mujer bella cambian de un país a otro, y aún dentro de los mismos países existen diversidad de opiniones sobre lo que es bello o no. Por ejemplo el arte abstracto, por ser simplemente arte tendría que ser perfecto y tener cierto grado de belleza, sin embargo hay obras en dicho genero que a mi parecer son horribles y que en lugar de belleza, yo les atribuiría el abjetivo de feas, sin embargo ello no es óbice para que a otras personas les parezcan geniales, bellas e interesantes.


Por lo anterior es complicado desde mi punto de vista considerar al derecho como algo bello, ya que considero que la belleza debe tender a la perfección, igual que el arte y por lo que hace al derecho, es y será siempre imperfecto, a que las relaciones sociales por naturaleza son cambiantes y el derecho no puede ser siempre el mismo, por lo que al ser cambiante, pierde la cualidad de perfección, según mi parecer.


Ojala el derecho pudiera ser bello, por que ello quería decir que sería intransmutable y las sociedades humanas totalmente armoniosas, lo que todos sabemos es imposible, no vayamos lejos en nuestro país más tarda en surgir alguna prohibición, que en lo que los mexicanos ya están ingeniándoselas para ver como no cumplir con la norma sin ser sancionado.


En fin, se vale soñar y ojala que este equivocado y el Derecho pueda algún día ser "bello".

domingo, 10 de octubre de 2010

EL DERECHO, ETICA Y LA RELIGION


Sin lugar a dudas estos tres ordenes valorativos que existen en toda sociedad, resultan interesantes de analizar, esto debido a que primeramente debemos preguntarnos ¿que es lo bueno o que es malo?, ¿quien lo determina?, ¿bajo que parámetros?, estas resultan preguntas con una diversidad de respuestas, esto debido a que podemos decir que dependiendo de la cultura desarrollada en un determinada sociedad, así será la respuesta para cada una de esas preguntas. 

Por ejemplo para nuestra cultura occidental, es normal que una persona pueda mostrar sus pies, sin que esto lleve implícito ninguna connotación de carácter sexual, sin embargo en la cultura oriental, hay lugares en donde esto puede ser equiparado a un acto obsceno, es evidente que todo depende de la cultura de cada país. 

Es claro que estas normas presentan distintos rangos de vigencia. Así, por ejemplo, las normas de la religión católica tienen un rango relativamente pequeño si se las compara con las normas jurídicas del Estado mexicano. La norma que exige “hacer la primera comunión” sólo vincula a los católicos —y dentro de éstos, sólo a los practicantes—; mientras que hacer la declaración de impuestos mensual y anual, vincula a todos los mexicanos sujetos a pagar impuestos  ante la Secretaría de Hacienda. 


En efecto, las normas religiosas son reconocidas como tales únicamente por las personas que practican la religión que las imparte y, desde fines el siglo XVII, la cultura moderna progresivamente ha aceptado el veto a la intención de imponer normas religiosas a quienes no creen en ellas. Hoy, a principios del siglo XXI, nadie discute que es un derecho inalienable de las personas pertenecer a la religión por la que libremente se decidan, es decir, se ha convertido en una norma jurídica respetar la subjetividad radical de las normas religiosas.

Si estamos hablando de una cultura urbana, el rango de las normas religiosas y jurídicas es algo que se puede determinar con mucha claridad; basta con hacer una separación precisa de lo público y lo privado. Las posibles respuestas a esta pregunta parecen inclinarse por una asociación de las normas éticas ya sea con las religiosas o con las jurídicas. 

Si ustedes ven un parentesco claro entre, por ejemplo, la norma ética “ayuda a la persona que se encuentra en peligro” y la norma religiosa “ama a tu prójimo porque Dios te lo manda”, es probable que se inclinen a pensar que el rango de las normas éticas deba determinarse subjetivamente, es decir, según el sistema de creencias privadas de cada individuo o de cada grupo de individuos, como ocurre con la religión.


En fin podemos señalar que el ser humano desde sus orígenes como sociedad, siempre ha requerido de mecanismos de control para mantener el orden dentro de la relaciones sociales, se dice que la religión, la moral, la ética y el mismo Derecho, es un mito o invención de los débiles físicamente a fin de controlar a los más fuertes, representando un grado de evolución del Homo Sapiens, que dejo el uso de la fuerza por el uso de la razón, aunque en este momento entraríamos en otro dilema "la razón " ¿de quien?, bueno como podemos observar es un circulo que nunca termina. Saludos compañeros

martes, 28 de septiembre de 2010

EL SER HUMANO Y LA BÚSQUEDA DE LA VERDAD.



En busca de un tema para la actividad de aprendizaje de esta semana, encontré un tema que me parece de intereses, siendo este el relacionado con la ciencia y la búsqueda de la verdad, en este sentido considero que independientemente de la rama de conocimiento sobre la que deseemos profundizar, no debemos perder de vista  que cualquiera que sea la ciencia sobre la que deseemos profundizar en el conocimiento, no puede perder de vista una concepción integral sobre lo que es el hombre y su razón de ser en el mundo.

 Al hombre, necesariamente tenemos que concebirlo en sus tres realidades: material, racional y espiritual. Como consecuencia de la emergencia del positivismo, han merecido especial atención nuestras realidades material y racional con desmedro de la espiritual. La misma filosofía ha sido relegada a un segundo plano dado que en algún momento se mostraban más atractivas el pragmatismo y el materialismo de la ciencia.

 La ciencia robustece nuestro cuerpo y mente; pero, no nos llena espiritualmente. No nos ayuda a desarrollar nuestras cualidades espirituales: amor, solidaridad, honestidad, humildad, justicia, etc. Para atender a estas necesidades es importante que la ciencia no esté sola: debe ir acompañada de la filosofía, de la moral, de la religión.
       El investigador debe ser un buscador de la verdad y por ello es necesario que esté consciente sobre la unicidad de la verdad. La verdad es una sola. No hay varias verdades. Lo que sucede es que hay una variedad de perspectivas respecto de una misma verdad. A esta verdad única hay que acercarnos tanto mediante la investigación científica como mediante el que hacer filosófico. Lo ideal es que ciencia y filosofía vayan de la mano.
Mediante la investigación científica buscamos la verdad contingente, la verdad en el tiempo y en el espacio. En cambio, mediante la filosofía buscamos la verdad ideal. La ciencia, se preocupa del ser; la filosofía, del deber ser. Gracias a la filosofía descubrimos o construimos los principios que orientan nuestra actitud como investigadores. La verdad ideal nos dice cómo deberían ser las cosas, nos proporciona una visión, basada en principios, de la futura situación que quisiéramos lograr, una visión de lo que debería ser aún cuando en el presente no lo sea.
Necesitamos tanto de la verdad contingente como de la verdad ideal. La primera nos acerca a la realidad, mientras que la segunda nos proporciona los valores para juzgar esa realidad y calificarla de buena o mala y si es mala, aspirar a su transformación. Esta relación entre realidad y valor; entre el ser y el deber ser, es lo que se llama dualismo metodológico.


Por otra parte
¿Cuantas veces hemos oído o dicho “Se cree en posesión de la verdad”? Y eso es porque la verdad tiene diferentes percepciones, en cuanto le añadamos honestidad y sinceridad, ya estamos dando parte de nuestro parecer, de nuestro sentir.


Si a la realidad le añadimos sinceridad, podremos estar más cerca de la verdad, pero ¿somos siempre sinceros? No siempre decimos lo que pensamos con sinceridad, por lo que la verdad moral esta lejos de ser una regla y no la excepción o ¿Ustedes que opinán?

martes, 21 de septiembre de 2010

EL DERECHO DESDE LA PERSPECTIVA DE GENERO





Adaptar el derecho a la evolución de la sociedad es una tarea a menudo delicada. En los últimos años ha tomado relevancia para el Derecho  tomar en cuenta las necesidades de la mujer, esto es conocido como la perspectiva de genero. El debate actual respecto de la perspectiva de género genera voces discrepantes, muestra de ello es el hecho que grupos de mujeres, por ejemplo, no duden en calificar de complacientes a los operadores de justicia respecto de las situaciones que afectan principalmente a las mujeres.

Como lo menciona la defensora de los derechos de la mujer, Mariblanca Staff Wilson, en un artículo acerca de la perspectiva de género desde el derecho:
“Nadie pone en duda que el Derecho juega un factor importante para que las mujeres puedan lograr la consolidación y el respeto de sus derechos humanos y constitucionales, porque es un mecanismo mediante el cual se puede involucrar a los hombres y a las mujeres de leyes en la promoción, creación y aplicación de leyes desde la perspectiva de género, es decir, a través de una conciencia no discriminatoria y en la defensa de los derechos humanos de las mujeres, desde la realidad jurídica vigente.”
La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, es el marco internacional fundamental para el trabajo acerca de la equidad e igualdad de las mujeres. La Convención garantiza el derecho a la no discriminación, y señala que las mujeres de los países signatarios pueden exigir como condición de la ciudadanía que el principio de igualdad sea explicito en la Constitución y en las leyes. Hace varios años se pensaba que era posible asegurar la igualdad a través del hecho de acordar las mismas posibilidades a las mujeres y a los hombres, suponiendo que iban a dar los mismos resultados. Sin embargo, se hizo evidente que un tratamiento idéntico no daba necesariamente resultados iguales.

Hoy en día, el concepto de igualdad reconoce que es necesario en ciertas situaciones tratar de manera diferente a las mujeres y a los hombres, con el fin de obtener resultados idénticos, y ello en razón de las condiciones de vida diferentes, o para hacer el balance a discriminaciones pasadas. Es esa noción de igualdad que está contemplada en la Convención.

El concepto género, proviene de un esfuerzo por rescatar la distinción sexual de sus condicionamientos biológicos, determinando así una nueva concepción del sujeto. Su impulso primario se define al sustraer características asociadas a lo femenino como condición fisonómica de la mujer, proponiéndolas como dispositivos culturales adquiridos en complejos procesos colectivos e individuales.

La identidad de género es sentirse varón o mujer según los modelos sociales de la cultura en que se vive. Esta identificación es consecuencia del proceso de socialización con el modelo social masculino o femenino, y resulta determinante para asumir el papel (rol) de género en cuanto a la uniforme conducta esperada socialmente, asumiendo funciones y posiciones particulares en términos socialmente aceptados, los que no necesariamente corresponden a su sexo. El análisis del fenómeno jurídico y la perspectiva de género, además del contenido de la norma , se requiere  medir sus alcance, efectos y beneficios. Se busca con esto que las normas creadas con perspectiva de genero repercuta realmente en mejores condiciones para las mujeres, logrando acortar y en un futuro erradicar las desigualdades sociales que existen entre mujeres y hombres.

miércoles, 8 de septiembre de 2010

¿QUE ES EL DERECHO?


Entrar en la búsqueda de la definición de la palabra Derecho evidentemente no es fácil, para evidenciar esto bastaría con comenzar preguntándonos ¿el Derecho siempre es justo? ¿Para quién?, evidentemente hablar de Derecho no es lo mismo que hablar de justicia, ya que lo que que es justo para unos puede ser injusto para otros, ya que se trata de cuestiones ideológicas que se encuentran influenciadas por su entorno socio-cultural.

Pero como se puede explicar lo anterior, muy sencillo, todos estamos de acuerdo que todos los estados de nuestro país y los demás países tiene un marco legal que los regula, sin embargo este es muy variable, como ejemplo podemos señalar que lo que para unos es un delito para otros no lo es, por ejemplo hasta hace unos años el aborto en determinadas circunstancias en el Distrito Federal dejo de ser un delito, mientras que en el país siguen existiendo legislaciones estatales que lo sancionan como delito independientemente de las circunstancias en que se cometa, encontramos aquí una diferencia de criterios en el marco jurídico penal de las distintas legislaciones, otro ejemplo sería el caso de los matrimonios entre personas del mismo sexo, que en la Ciudad de México es el único lugar en el que se permite en todo el País.

De lo anterior considero que el Derecho no es más que el resultado de un discurso socio-cultural que en un momento y lugar determinado es considerado válido, es decir el sentido del Derecho solo es comprendido por los receptores cuando todos se encuentran ubicado en circunstancias temporales y espaciales, asimismo comparten cuestiones socio-culturales comunes y por ello pueden entender y aceptar el alcance de la norma jurídica.

Por otra parte, me surge la idea de que esta postura debe considerarse una teoría o forma epistemológica de estudiar el Derecho, es decir de una forma ideológica y no rígida e inamovible como las teorías que hemos revisado en clase, el Derecho es tan dinámico y cambiante como las sociedades en que se aplica, por ello entendemos que los países de primer mundo tienen legislaciones muy dinámicas y cambiantes.

En fin solo constituye mi opinión y queda a la consideración de todos mis compañeros de la Maestría. Saludos a todos

miércoles, 1 de septiembre de 2010

EL KYBALION


Definitivamente la llamada Nueva Era del conocimiento no es tan nueva como pensamos, después de haber leído el Kybalion, comprendo que el conocimiento que contiene es de carácter metafísico, es decir da mayor poder al mente sobre la materia, este tema del dominio del pensamiento sobre la materia me recuerda el libro de El Secreto, el cual también hace referencia a un conocimiento ancestral que se ha transmitido con sumo cuidado entre personajes seleccionados, igual que sucede en el Kybalion, donde grupos secretos se transmiten dicho conocimiento y solo unos pocos privilegiados podrán comprender el alcance y poder de tal conocimiento, lamento no haber leído antes el Kybalion, por que hubiera podido ser el autor de el Secreto, el cual ha dejado muy buenas ganancias a su "autor".

 Es evidente que no podemos cerrar los ojos al poder de la mente, cuantas veces no hemos escuchado que en situaciones de emergencia las personas realizan acciones increíbles como levantar un auto que esta aplastando a un ser querido, claro esta que pueden decir que se debe a una reacción química de la adrenalina, pero no podrán negar que el disparador de dicha acción, proviene del pensamiento de la persona que lo realiza.

No tengo la menor duda que el conocimiento contenido en el Kybalion influyo en grandes maestros de la historia, es evidente que de los principios del Kybalion se desprenden muchos preceptos contenidos en diversas religiones, por ejemplo el principio de reciprocidad, que en el cristianismo lo podemos traducir como no hacer a otros lo que no queremos que nos hagan, es decir que dependiendo de la forma en que nos comportemos tarde o temprano recibiremos el pago con la misma moneda. En fin considero que es un libro que no basta con una lectura para comprender su contenido en amplitud, habrá que volver a leerlo  y quien dice que quizá alguno de nosotros podamos ser uno de los iluminados o futuros maestros, por lo menos trataremos de alcanzar el grado de MAESTROS EN DERECHO.

Concluyendo opino que el poder de la mente sobre la materia necesariamente depende del cambio que generemos nosotros mismos en la forma de ver la vida, que generemos nuevas realidades, por que al fin de cuentas quien dice tener la verdad absoluta, lo único que hace evidente es que es un gran mentiroso. Saludos compañeros y gracias por su atención.